Directrices de tratamiento médico del Estado de Nueva York para los medicamentos relacionados con opiáceos en pacientes con indemnizaciones laborales

Las directrices proporcionadas por la Junta de Indemnización por Accidentes de Trabajo del Estado de Nueva York ofrecen principios fundamentales para los medicamentos relacionados con los opiáceos. Estas directrices pretenden ayudar a los profesionales sanitarios en la gestión de la medicación asociada al tratamiento con opiáceos dentro del ámbito de la atención integral.

Los profesionales sanitarios con experiencia en la prescripción de medicamentos relacionados con los opiáceos pueden confiar en las orientaciones esbozadas por la Junta de Indemnización por Accidentes de Trabajo para tomar decisiones bien informadas sobre los tratamientos farmacéuticos más apropiados para sus pacientes.

Es importante destacar que estos principios no pretenden sustituir al juicio clínico ni a la experiencia profesional. La gestión de la medicación relacionada con los opiáceos debe implicar la colaboración entre el profesional sanitario y el paciente, teniendo en cuenta factores individuales como las interacciones de la medicación, la eficacia del tratamiento y los posibles efectos adversos.

Tramadol:

  • El tramadol, clasificado como agonista parcial opiáceo, se distingue por no ser propenso a causar úlceras gastrointestinales ni a empeorar afecciones como la hipertensión o la insuficiencia cardíaca congestiva. Sin embargo, sus efectos secundarios, similares a los de los opiáceos, pueden limitar su utilidad. No suele ser un medicamento de primera elección y su eficacia analgésica es comparable a la de los AINE de uso común. Considerado una opción de cuarta línea para el dolor neuropático, podría ser adecuado para pacientes intolerantes a los antidepresivos tricíclicos.
    • Los posibles efectos secundarios incluyen alteraciones del estado de alerta o náuseas.
    • El tramadol tiene propiedades adictivas, por lo que su interrupción brusca puede precipitar el síndrome de abstinencia.
    • Se recomienda precaución en pacientes con antecedentes de convulsiones o que tomen medicamentos que disminuyan el umbral convulsivo, como inhibidores de la MAO, ISRS y ATC.
    • Evitar en individuos con adicción previa a opiáceos, ya que se han relacionado muertes con alteraciones emocionales o consumo simultáneo de alcohol u opiáceos.
    • La disfunción renal o hepática significativa requiere ajustes de la dosis.
    • El uso simultáneo con otros agentes serotoninérgicos como los ISRS, IRSN o ATC puede provocar un síndrome serotoninérgico.

 

Metadona:

  • La metadona, un analgésico opiáceo, presenta perfiles farmacocinéticos y farmacodinámicos complejos junto con efectos secundarios notables. A pesar de que las tablas equianalgésicas sugieren su potencia, la dosificación repetida revela que es aproximadamente diez veces más potente debido a su prolongada semivida de eliminación. Esta semivida prolongada plantea riesgos de depresión respiratoria, alteraciones del ritmo cardiaco e interacciones farmacológicas. Se recomienda extrema precaución, especialmente en pacientes con enfermedades cardíacas, psiquiátricas o respiratorias preexistentes.
  • Las dosis y los esquemas de dosificación para el uso de analgésicos difieren de los utilizados para el tratamiento de la adicción, lo que exige un seguimiento riguroso del paciente y una vigilancia de los efectos secundarios. La iniciación a la metadona debe ser conservadora, de acuerdo con el principio de «empezar poco a poco», y no se recomienda en pacientes que no han tomado opiáceos.

 

Buprenorfina:

  • La buprenorfina, un agonista opiáceo parcial, conocido principalmente por tratar la adicción a los opiáceos, también encuentra aplicación en el tratamiento del dolor crónico intenso. Su efecto techo reduce el riesgo de depresión respiratoria y muerte, por lo que resulta atractivo para personas con antecedentes de adicción a opiáceos. Disponible en forma de película bucal, comprimidos y parches transdérmicos, es importante señalar que sólo la película bucal y el parche transdérmico están aprobados para el tratamiento del dolor.
  • Los comprimidos de buprenorfina pueden ser adecuados para pacientes con antecedentes tanto de adicción como de dolor, aunque a dosis inferiores a las del tratamiento de la adicción. La ventaja reside en su menor potencial de abuso y adicción.

 

Tapentadol:

  • Tapentadol, un agonista opiáceo, está indicado para el tratamiento del dolor agudo de moderado a intenso en adultos. Su forma de liberación prolongada se prescribe para el dolor no agudo de moderado a intenso en adultos y el dolor neuropático asociado a la neuropatía periférica diabética cuando es necesaria la analgesia continua con opiáceos.
  • Al igual que los opiáceos, los efectos secundarios del tapentadol pueden limitar su uso. Se recomienda precaución en pacientes con insuficiencia renal grave y dosis reducidas en caso de insuficiencia hepática moderada. No existe una guía de conversión de dosis equianalgésica estándar a morfina oral para tapentadol. Es aconsejable empezar con dosis más bajas y ajustarlas en función de la respuesta del paciente.
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