COVID-19 y compensación laboral

Las leyes de indemnización de los trabajadores se han establecido para proteger a los empleados que sufren enfermedades o lesiones relacionadas con el trabajo. Estas leyes garantizan que los empleados que sufren lesiones en el trabajo reciban prestaciones que cubran los salarios perdidos, los gastos médicos y los costes de rehabilitación.

La repercusión actual del COVID-19 ha suscitado dudas sobre si los trabajadores pueden reclamar una indemnización si contraen el virus mientras trabajan.

¿Puedo recibir una indemnización laboral por haber contraído COVID-19 mientras trabajaba?

Sí, los empleados del Estado de Nueva York pueden recibir prestaciones de indemnización por accidentes de trabajo por exposición a COVID-19 durante el empleo. Sin embargo, cada caso es único y los detalles específicos determinarán la elegibilidad. Es importante destacar que el estatus migratorio no afecta a la elegibilidad para la indemnización por accidente de trabajo.

¿Qué prestaciones se ofrecen?

La indemnización por accidente de trabajo proporciona cobertura para el tratamiento médico relacionado con enfermedades o lesiones laborales, junto con prestaciones de sustitución salarial. En caso de que una afección provoque la incapacidad para realizar tareas laborales o provoque el fallecimiento, las prestaciones pueden extenderse a la familia superviviente del trabajador o cubrir los gastos funerarios con un límite máximo.

¿Qué pruebas son necesarias para demostrar la exposición al COVID-19 en el trabajo?

Es posible que los trabajadores tengan que demostrar que su reclamación COVID-19 está relacionada con el trabajo. Aunque puede resultar difícil para las personas determinar con exactitud cuándo estuvieron expuestas, el hecho de demostrar un riesgo significativamente mayor de exposición en el lugar de trabajo, especialmente en entornos en los que el COVID-19 es más prevalente, refuerza el argumento. Quienes trabajan en estrecho contacto con el público, como el personal sanitario, los primeros intervinientes y otros, tienen más probabilidades de tener una reclamación válida.

Si sospecha que ha estado expuesto en el trabajo, la presentación de una reclamación debe incluir detalles sobre su empleo, frecuencia de trabajo y responsabilidades, sobre todo si tiene contacto directo con el público. Proporcionar un informe médico de un proveedor médico autorizado de Compensación de Trabajadores que vincule su trabajo con COVID-19 es crucial, y un resultado positivo de la prueba apoya la reclamación.

¿Cómo presento una reclamación?

Informe a su empresario por escrito, mediante correo electrónico o comunicación documentada, sobre su enfermedad. Utilice la reclamación del trabajador (formulario C-3) disponible en el sitio web de la Junta de Compensación de los Trabajadores para notificar el incidente. Busque atención médica con prontitud, ya sea en caso de urgencia o a través de un médico autorizado por el seguro de accidentes de trabajo. Presente el resultado positivo de la prueba COVID-19 o pida a su médico que lo presente junto con el formulario C-3.

¿Qué sucede después de presentar un reclamo?

La compañía aseguradora o el administrador del seguro de accidentes de trabajo revisarán y, si se acepta, su reclamación se convierte en indemnizable. Un juez de la Junta de Compensación de los Trabajadores puede intervenir en caso de litigio, evaluando los testimonios, los detalles del lugar de trabajo y el grado de exposición al COVID-19.

¿Cuánto tiempo dura el proceso de reclamación?

Comunicar rápidamente su enfermedad a la empresa es crucial para que la aseguradora actúe a tiempo. La Junta empezará a pagar los siniestros cuando la aseguradora acepte el siniestro, normalmente en un plazo de 18 días a partir del siniestro o de diez días a partir de la notificación. Pueden celebrarse audiencias en caso de litigio para garantizar el pago rápido de las prestaciones.

Prestaciones durante la baja por cuarentena COVID-19

Se aplican distintas normas en función del tamaño de la empresa. Las empresas con diez o menos empleados o aquellas con unos ingresos netos inferiores a un millón ofrecen protección laboral durante el permiso de cuarentena COVID-19. Las empresas con más personal pueden ofrecer permisos retribuidos y prestaciones adicionales.

Se aconseja a los empresarios que consulten con sus departamentos de nóminas las reducciones relacionadas con la prima COVID-19 y estudien posibles reembolsos por equipos de protección individual (EPI). Mantenerse informado sobre las normas COVID-19 del Departamento de Trabajo y de la Junta de Compensación de los Trabajadores es crucial.

Defensores de los trabajadores lesionados

Para la tramitación de siniestros complejos y accidentes mortales, existe un defensor del empleado. Este defensor informa directamente al Presidente de la agencia, ofreciéndole apoyo y orientación.

Para más información, puede consultar el sitio web de la Junta de Indemnización por Accidentes de Trabajo de su Estado o a un abogado especializado en esta materia. Manténgase informado sobre la evolución de la normativa COVID-19 visitando los sitios web de las autoridades competentes.

Ir al contenido